Pues principalmente, que ese dinero es parte de la herencia, y dicha herencia, pertenece a todos los herederos. En cuanto al reparto, es en primera instancia el testamento, si lo hubiera, el que determina cómo debe llevarse a cabo el reparto. Aun si no hubiese testamento, la legislación española contempla el modo en que debe hacerse este reparto.
No se debe sacar el dinero en efectivo de la cuenta de un fallecido
Si el dinero en efectivo de una cuenta bancaria es de una persona que ha fallecido, este forma parte de una herencia, y por tanto, no se puede tocar hasta que esta no esté resuelta, a menos que alguien cuenta con autorización para ello. De lo contrario, estaríamos incurriendo en un caso ilícito que conllevaría consecuencias legales. Cabe recordar, que una herencia contempla todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen con su muerte.
La ley castiga a la persona que intente hacerse con el dinero en efectivo de un fallecido
¿Cuál es la sanción por retirar el dinero en efectivo de la cuenta de una persona que ha fallecido?
El Código Penal establece penas de distinta índole en base a la apropiación indebida de los ahorros de una persona fallecida. Estas pueden ir , dependiendo del dinero que se haya retirado, desde una multa, hasta penas de prisión de entre 6 meses y 3 años. Es por ello, que en la infracción no solo se cuenta que se haya retirado dinero, sino la cantidad.
En este sentido, la gravedad del delito no solo depende del importe de dinero retirado, sino que puede ser un agravante la forma en la que se ha accedido a la cuenta bancaria. Pues la práctica jurídica ha puesto de manifiesto, que hay casos en los que se falsifican documentos, de miente a las autoridades o se añaden otro tipo de fraudes al propio delito.
Delito por apropiación indebida
Para sopesar la pena que puede conllevar retirar el dinero en efectivo de una persona fallecida, debemos contar con el delito propio de hacerse con un dinero que no le pertenece a quien lo está adquiriendo, pero en muchos casos, se deben sumar otros delitos cometidos. Cabe señalar, que cuando una persona fallece, los familiares tienen el deber de informar, entre otros, a las entidades bancarias donde el causante tuviese cuentas o cualquier otro producto financiero.
En el momento en que se conoce el fallecimiento, el banco suele bloquear las cuentas hasta que se resuelva la herencia. Por tanto, puede suceder que una persona no haga esta comunicación y acceda a las cuentas, pero también, que manipule documentos para acreditar que tiene potestad para ello. En estos casos, esta persona incurriría en un delito de falsificación documental. Este está tipificado en el Código Penal y puede conllevar hasta pena de prisión.
Además, hay que tener en estos casos en cuenta la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esta determina que incumplir con la situación de herencia yacente, puede conllevar que se anulen las disposiciones testamentarias, llegando incluso al punto de poder perderse el derecho sucesorio.